Estar inscrito como demandante de empleo no será un requisito para percibir el ingreso mínimo vital
Estar inscrito como demandante de empleo ya no será un requisito indispensable para poder recibir el ingreso mínimo vital, al menos a priori. Así se incluye en el real decreto de regulación del teletrabajo en el que se han incorporado algunas medidas para facilitar el trámite de solicitud y resolución de los expedientes recibidos para recibir el ingreso mínimo. Pasa de este modo a tratarse de un requisito "a posteriori" de modo que será obligatorio una vez se haya pedido la ayuda y se esté percibiendo, en función de la condición del solicitante. Siendo la idea general que si el solicitante está en condición de empleabilidad, se apunte a demandante de empleo después de solicitarlo. Pero no solo se ha modificado este aspecto.
Fuente: Síntesis Diaria. www.sintesisdiaria.com
